Inicio › Cómo declarar el IVA (formulario 150)
Cómo declarar el IVA: formulario 150 en TRIBU-CR
La declaración mensual del IVA en Costa Rica ya no es el D-104. En TRIBU-CR es el formulario 150 (IVA01). Esta guía responde qué es, quién lo presenta, cuándo vence y cómo se hace en la Oficina Virtual, con fuentes de Hacienda y de la Ley de IVA. Journal no presenta la declaración: le entrega los números.
Qué es el formulario 150
El formulario 150 es la declaración autoliquidativa del Impuesto al Valor Agregado en TRIBU-CR. Hacienda lo identifica como IVA01, de periodicidad mensual. En los sistemas anteriores era el formulario 104 (el D-104).
La Dirección General de Tributación, en la resolución MH-DGT-RES-0033-2025, lo llama «Formulario de Declaración del Impuesto al Valor Agregado» y lo asigna a los inscritos en el Régimen General y a los del Régimen Especial de Bienes Usados en la modalidad del inciso a) del artículo 31 de la Ley de IVA. Esas declaraciones se presentan en la plataforma TRIBU-CR.
No es el único formulario de IVA. Hacienda publica, entre otros, el 151 (régimen agropecuario cuatrimestral), el 152 (agropecuario anual), el 153 (régimen simplificado, trimestral) y el 157 (bienes usados, modalidades b y c). Esta guía cubre el 150 del régimen general. Si su perfil es otro, TRIBU-CR le muestra las obligaciones que le corresponden.
Quién debe presentarlo
La Ley de Impuesto al Valor Agregado (Ley 6826) dice quiénes son contribuyentes: personas físicas o jurídicas y entidades públicas o privadas que, por cuenta propia, organicen factores de producción para vender bienes o prestar servicios; quienes importen o internen bienes o servicios; los exportadores; y quienes se acojan al régimen de tributación simplificada (artículo 4). Al iniciar actividades gravadas deben inscribirse (artículo 5).
Los contribuyentes del artículo 4 deben liquidar el impuesto cada mes con una declaración jurada de las ventas del mes anterior (artículo 27). El régimen simplificado no usa el formulario 150 mensual: Hacienda le asigna el 153, trimestral. El 150 es el del régimen general (y de bienes usados modalidad a), según la resolución de formularios de la DGT.
Mientras no se haya desinscrito, la obligación de presentar la declaración se mantiene aunque no haya impuesto que pagar (artículo 27).
Cuándo se presenta
El artículo 27 de la Ley 6826 fija el plazo: a más tardar el decimoquinto día natural de cada mes, por las ventas de bienes o la prestación de servicios del mes anterior. Hay que presentar la declaración aunque no se pague el impuesto o aunque el débito menos el crédito deje un saldo a favor.
Hacienda recuerda el mismo plazo en sus materiales para micro y pequeñas empresas: el 15 de cada mes, por las transacciones del mes anterior, en el formulario D-150 de TRIBU-CR, incluso si no hay impuesto por pagar. La Dirección General de Tributación publica avisos de vencimiento del 150 y remite al Calendario Fiscal. Un aviso de setiembre de 2026, por ejemplo, fijó el miércoles 16 porque el 15 no era hábil; el de junio de 2026 cayó en lunes 15. El plazo de la ley es el día 15 natural; las fechas concretas de cada mes las publica Hacienda.
En las ventas de contado, el impuesto se paga al presentar la declaración (artículo 27). El pago se hace en la Oficina Virtual de TRIBU-CR o en los medios que Hacienda indique en cada aviso (en 2026 ha citado débito en tiempo real e IBAN en la OVi, y ventanillas del BCR y BAC).
Cómo se presenta en TRIBU-CR, a grandes rasgos
La declaración se presenta en la Oficina Virtual (OVi) de TRIBU-CR, el medio que Hacienda habilitó para cumplir las obligaciones ante la Dirección General de Tributación. Si aún no tiene usuario, Hacienda documenta cómo crear la cuenta en la OVi (cédula, DIMEX, NITE u otra identificación que le aplique).
Hacienda publica un tutorial oficial: «Cómo presentar la Declaración 150 Impuesto al Valor Agregado (IVA) en TRIBU-CR». En la OVi se presentan las declaraciones que correspondan a su perfil. El impuesto a pagar es la diferencia entre el débito fiscal (el IVA de sus ventas, a la tarifa que aplique) y el crédito fiscal (artículo 16 de la Ley 6826). El detalle de cada casilla está en el propio formulario y en el tutorial de Hacienda; esta guía no reproduce pantallas que no estén en esos documentos.
Journal no sustituye ese trámite. Usted (o su contador) entra a la OVi, pasa los números y presenta. Conserve el comprobante que TRIBU-CR genere. Si es independiente y quiere el panorama —inscripción, IVA, renta y CCSS—, está en la guía de contabilidad para independientes en Costa Rica. La diferencia entre el crédito fiscal de este formulario y los gastos que se rebajan en renta está en Gastos deducibles en Costa Rica.
- Cree su usuario en la Oficina Virtual de TRIBU-CR, si no lo tiene, con la identificación que Hacienda le pida.
- Ingrese a la OVi y presente la declaración 150 del período, siguiendo el tutorial de Hacienda cuando esa obligación aparezca en su perfil.
- Declare el débito y el crédito fiscal del mes anterior: el impuesto es la diferencia entre ambos (Ley 6826, artículos 16 y 27).
- Presente la declaración jurada y, si hay impuesto, páguelo por los medios que Hacienda habilite para ese vencimiento.
Errores frecuentes, según la propia norma
No presentar cuando el mes «salió en cero». El artículo 27 obliga a declarar aunque no haya impuesto o haya saldo a favor. Hacienda lo repite en su guía de beneficios para pymes.
Dejar de declarar porque ya no hay movimiento, sin haberse desinscrito. Mientras figure como contribuyente, la declaración se mantiene (artículo 27).
Mezclar el 150 con otros formularios de IVA. El simplificado es el 153 (trimestral). El agropecuario tiene el 151 o el 152. El consolidado de Hacienda lista cada código; TRIBU-CR le muestra el suyo.
Declarar sin el respaldo de las facturas del período. El débito es el IVA de sus ventas; el crédito, el de sus compras. Journal guarda cada XML y desglosa el IVA por tarifa para que cada número tenga factura.
Cómo Journal le arma los números
Reenvíe sus facturas electrónicas —las que emite y las que recibe— al buzón de Journal. El Balance de IVA enfrenta el IVA recaudado en ventas con el pagado en compras, por mes y por tarifa (13 %, 4 %, 2 %, 1 % y exento). Las notas de crédito ya vienen restadas. Ese es el insumo del formulario 150.
Journal no presenta la declaración en TRIBU-CR ni es un archivo certificado por Hacienda. Usted abre el Balance de IVA, pasa las cifras al formulario 150 y presenta en la OVi. Su contador puede entrar con su propio usuario, sin costo adicional, y exportar el reporte a Excel. Los gastos de esas mismas facturas, para la renta, se tratan en Gastos deducibles en Costa Rica.
Preguntas frecuentes
¿El formulario 150 reemplazó al D-104?
Sí. El consolidado de declaraciones de Hacienda en TRIBU-CR asigna al antiguo formulario 104 el nuevo formulario 150 (IVA01), «Impuesto Valor Agregado», de periodicidad mensual. La declaración se presenta en TRIBU-CR, no en ATV.
¿Quién debe presentar el formulario 150?
Los contribuyentes del IVA inscritos en el Régimen General (y en bienes usados modalidad a), según la resolución de formularios de la DGT. La Ley 6826, artículos 4 y 27, obliga a los contribuyentes a liquidar el impuesto cada mes. El régimen simplificado usa el formulario 153, trimestral, no el 150.
¿Cuál es el plazo para declarar el IVA en Costa Rica?
El artículo 27 de la Ley 6826: a más tardar el decimoquinto día natural de cada mes, por el mes anterior. Hay que presentar la declaración aunque no haya impuesto o haya saldo a favor. Hacienda publica el calendario y avisos de cada vencimiento.
¿Dónde se presenta el formulario 150?
En la Oficina Virtual (OVi) de TRIBU-CR, el sistema de la Dirección General de Tributación. Hacienda publica un tutorial para presentar la declaración 150. El pago se hace por los medios que indique cada aviso (en 2026, OVi y ventanillas bancarias autorizadas).
¿Journal declara el IVA por mí?
No. Journal calcula el Balance de IVA a partir de sus facturas electrónicas —recaudado, pagado y saldo por tarifa— para que usted o su contador llenen el formulario 150 en TRIBU-CR. La declaración jurada es suya ante Hacienda.
Fuentes
- Hacienda: consolidado de declaraciones en TRIBU-CR (104 → 150, IVA01, mensual) — Ministerio de Hacienda. Formulario de otros sistemas 104, formulario TRIBU-CR 150, siglas IVA01, Impuesto Valor Agregado, periodicidad mensual.
- MH-DGT-RES-0033-2025: formularios y medio de presentación del IVA — Dirección General de Tributación. Formulario 150 para el Régimen General; presentación en TRIBU-CR.
- Ley 6826, artículo 16: determinación del impuesto (débito menos crédito) — El impuesto es la diferencia entre débito y crédito fiscal. El débito se obtiene aplicando la tarifa al total de ventas sujetas.
- Ley 6826, artículo 4: contribuyentes del IVA — Sistema Costarricense de Información Jurídica (Procuraduría). Texto vigente de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.
- Ley 6826, artículo 27: liquidación y pago (día 15 natural) — Plazo: decimoquinto día natural de cada mes por el mes anterior. La declaración se presenta aunque no haya impuesto o haya saldo a favor.
- Hacienda: beneficios y obligaciones de pymes (formulario D-150, día 15) — Actualizado al 21 de octubre de 2026. Liquidar el IVA del mes anterior el 15 de cada mes en TRIBU-CR, aun sin impuesto por pagar.
- Hacienda: aviso de vencimiento del formulario 150 (15 de junio de 2026) — Dirección General de Tributación. Presentación y pago en la Oficina Virtual OVi de TRIBU-CR.
- Hacienda: aviso de vencimiento del formulario 150 (16 de setiembre de 2026) — Ejemplo de fecha publicada por Hacienda cuando el 15 no coincidió con ese día hábil. Remite al Calendario Fiscal 2026.
- Hacienda: tutorial para presentar la declaración 150 en TRIBU-CR — Listado oficial de videos. Tutorial: «Cómo presentar la Declaración 150 Impuesto al Valor Agregado (IVA) en TRIBU-CR».
- Hacienda: TRIBU-CR — Página del Ministerio de Hacienda sobre TRIBU-CR y la Oficina Virtual.
En Journal
- Declaración de IVA (formulario 150): El Balance de IVA de Journal le da los números de su formulario 150 (antes D-104): IVA recaudado, IVA pagado y saldo por tarifa, cada mes. Sin sumar a mano.
- Desglose de IVA por factura: El IVA de cada factura desglosado por tarifa y período: 13%, 4%, 2%, 1% y exento. El detalle que respalda su declaración.
- Ventas e ingresos: Journal reconoce las facturas que su empresa emite y las cuenta como ventas. Ingresos y gastos en un solo lugar, sin doble digitación.
Gastos e ingresos, solos
Sus facturas llegan, se leen y se ordenan sin que usted toque nada.
- Importación automática desde email: Reenvíe sus facturas electrónicas al buzón que Journal le asigna y quedan registradas solas. Se configura una vez en Gmail u Outlook.
- Integración con correo: Funciona con Gmail, Outlook y cualquier correo que permita reenviar. Una sola regla y todas sus facturas electrónicas llegan a Journal.
- Factura desde una foto (IA): Tome una foto del comprobante y la inteligencia artificial extrae emisor, fecha, montos e impuestos. Usted solo revisa y confirma.
- Categorización de gastos: La inteligencia artificial asigna cada factura a su categoría contable en tres niveles. Usted puede corregirla o crear las suyas.
- Ventas e ingresos: Journal reconoce las facturas que su empresa emite y las cuenta como ventas. Ingresos y gastos en un solo lugar, sin doble digitación.
- Búsqueda rápida e inteligente: Encuentre cualquier factura en segundos: por emisor, monto, fecha o lo que se compró. También puede preguntar en lenguaje natural.
- Notificaciones en tiempo real: Reciba un aviso cada vez que entra una factura, y un resumen semanal y mensual de sus gastos en su correo.
- Todo en un solo lugar: Un panel con lo que entró, lo que gastó, lo que vendió y lo que debe. Sin papeles, carpetas ni hojas de cálculo.
- Control de gastos: Sus gastos por categoría, proveedor y período, armados solos a partir de sus facturas. Decida con números, no con corazonadas.
- Analítica inteligente: Reportes y gráficos de gastos, ingresos e impuestos listos para analizar. Compare períodos y exporte a Excel.
- Exportar a Excel: Exporte facturas, impuestos, ingresos y reportes contables a Excel. Listos para su contador o para trabajar sus declaraciones.
- Multimoneda: Journal maneja facturas en colones y en dólares y aplica el tipo de cambio. Vea sus números en la moneda que prefiera.
- Invite a su equipo: Invite a su contador y a su equipo a la misma organización. Todos ven los mismos números, usuarios ilimitados.
- Conector con Claude: Conecte Journal con Claude y pídale los números de su formulario 150 (D-104), su balance general o cuánto le debe un cliente. Responde con sus propios datos.
Sus declaraciones
Los números de Hacienda salen de sus propias facturas, cada mes.
- Desglose de IVA por factura: El IVA de cada factura desglosado por tarifa y período: 13%, 4%, 2%, 1% y exento. El detalle que respalda su declaración.
- Declaración de IVA (formulario 150): El Balance de IVA de Journal le da los números de su formulario 150 (antes D-104): IVA recaudado, IVA pagado y saldo por tarifa, cada mes. Sin sumar a mano.
- Renta (D-101) y D-151: Ingresos, gastos por categoría y totales por cliente y proveedor: los números para su declaración de renta (D-101) y su informativa D-151.
Contabilidad completa
Cuando la necesite: asientos, saldos y estados sin montar nada.
- Contabilidad para PYMES: Cada factura genera su asiento contable de forma automática. Plan de cuentas listo, partida doble y reportes desde el primer día.
- Estados financieros: Estado de resultados y balance de comprobación al instante, con libro diario y libro mayor. La base de sus 4 estados financieros, siempre al día.
- Cuentas por pagar y por cobrar: Cada factura a crédito se convierte en una cuenta por pagar o por cobrar con su vencimiento. Registre pagos y vea la antigüedad de saldos.
- Asientos programables: Programe los asientos recurrentes: alquiler, planilla, depreciación. Journal los registra cada mes en la fecha que usted indique.
- Cierre de períodos: Abra y cierre períodos contables. Un mes cerrado no recibe más asientos, y lo que llegue tarde se registra en el período abierto.
Un solo plan. Todo incluido.
- Plan mensual: $7.99 al mes más IVA.
- Plan anual: $79.90 al año más IVA: dos meses gratis.
- Usuarios y almacenamiento ilimitados. 30 días de prueba gratuita. Cancele cuando quiera.